sábado, 2 de noviembre de 2019

Registrar un nacimiento



Aquí exploramos qué se necesita para registrar el nacimiento de una nueva criatura para que así tenga nacionalidad española.

Para variar, el proceso puede diferir de un consulado a otro, asegúrese por tanto de corroborar la información con su consulado. 

Dicho esto, los documentos que piden incluyen original y una fotocopia de lo siguiente:

-Hoja declaratoria debidamente cumplimentada y firmada (Si el padre y la madre no están casados, deberán firmar ambos en presencia de un funcionario del Consulado).

-Pasaporte y visado o tarjeta de residencia “Green Card” de ambos padres. Si fuera español naturalizado estadounidense, debe presentar, Certificado de Naturalización Estadounidense y Certificado Literal de Nacimiento donde conste recuperación/conservación (para conseguir el certificado lea este post).

-Pasaporte americano del niño/a si lo tiene.

-Certificado local de nacimiento del niño/a.

-Parte médico de alumbramiento: Certificado firmado por el médico que atendió a la madre en el alumbramiento o durante el embarazo, en el que se especifique el tipo de alumbramiento con el nombre de la mujer que da a luz y del recién nacido, en su defecto, se puede presentar el Delivery o Discharge Report donde consta quien en la persona que ha estado ingresada y el motivo del ingreso en el centro sanitario. Un certificado expedido por el centro sanitario no es válido, aunque conste el nombre del médico

-Certificado literal de nacimiento de los padres. El de los padres españoles tiene que haber sido expedido hace menos de 6 meses (para conseguirlo lea este post). Los Certificados de Nacimiento de un tercer país, que no sean de España o Estados Unidos, deben venir con Apostilla de la Haya o legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país que corresponda (también se pide traducción del documento en caso de estar en idioma distinto a español ó inglés).

-Libro de familia español (si no existe libro de familia por no haber matrimonio entre los padres ambos padres tienen que venir en persona).

-En caso de ser los padres españoles pero nacidos fuera de España se necesitará partida literal de nacimiento de los mismos del registro civil español.

-Traer sobre prepagado de la Oficina Postal Americana “Express Mail” para remitir por correo el Libro de Familia cuando registro sea efectivo (sólo en caso de que quieran que se envíe por correo).

-Si desean solicitar PASAPORTE para el menor, es necesaria la presencia de ambos padres (si uno de los dos no puede venir, se necesitaría autorización notarizada), 2 fotos tamaño pasaporte (como las de pasaporte USA) y $28 en efectivo.

-Se podrá solicitar documentación adicional una vez revisados los documentos. 

En mi caso pidieron una foto de carnet de la criatura y me hicieron rellenar un formulario que creo era de empadronamiento, también para la criatura.

En mi caso aproveché el viaje para conservar mi nacionalidad y registrar a mi criatura, por tanto no tenía certificado literal de nacimiento donde constase mi nacionalidad conservada. Aun así me mantuve en contacto con el consulado y viendo que tenía todo reglamentado pudieron trabajar conmigo y pudimos completar ambos procesos. ¡Por lo que recomiendo que se comuniquen con su consulado (tarea no siempre fácil) y espero qué tengan todo bien al día con el consulado!

Si espera a que le envíen el libro de familia con la criatura añadida le puedo decir que el mío tardó dos semanas (14 días), ahora bien, varios factores pueden hacer que la espera sea otra

Manos a la obra y ¡suerte!

1 comentario:

Yuko Lihara: la bruja internacional dijo...

Link actual de enero 2022 para la hoja declaratoria
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Documents/Hoja%20declaratoria%20inscripci%C3%B3n%20nacimiento%202019.pdf